Comité de Medidas Disciplinarias COP Región Lima
El Colegio Odontológico del Perú – Región Lima (COP-RL) es una persona jurídica de derecho público interno. Es una institución autónoma y fue creada por la Ley N° 15251 y sus modificatorias. Conforme señala el reglamento de la ley (D.S. N° 014-2021-SA), el Colegio Odontológico del Perú (COP) tiene jurisdicción en todo el territorio nacional y se encarga de elaborar y establecer el Código de Ética y Deontología Profesional.
Son los respectivos Comités de Medidas Disciplinarias de cada uno de los Colegios Regionales que integran el COP, los encargados de los procesos administrativos disciplinarios correspondientes en su ámbito geográfico de acción. El procedimiento administrativo disciplinario puede generarse de oficio o a solicitud de parte a través de una denuncia. Tiene como propósito prevenir la comisión de infracciones o faltas contra el Código de Ética y Deontología Profesional del COP, generar reglas del correcto ejercicio profesional de la odontología mediante la jurisprudencia que emitan sus órganos resolutorios y de ser el caso, sancionar a aquellos miembros de la orden que pudieran haber incurrido en faltas al ejercicio de la Odontología en cualquiera de sus modalidades.
Para ello, se enfoca en el procesamiento de las supuestas comisiones de actos violatorios a las disposiciones contenidas en el Código de Ética y Deontología Profesional, o a cualquiera de las otras normas que el COP promulgue en el ejercicio de su función reguladora y normativa. A su vez, el título quinto del mencionado reglamento detalla los criterios y procedimientos para el debido control del ejercicio de la profesión odontológica, si llegara a iniciarse un proceso administrativo disciplinario.
MIEMBROS
Presidente:
Dr. Jaime Ignacio Otero Injoque
Secretario:
Dr. Wilmer Gustavo Antialón Marcos
Miembros:
Dr. Gustavo A. Martínez Salinas
Dra. Carmen Magdalena Ramírez Aguilar
Dr. Carlos Miguel Ureta Rivero

