Uso legal de los rayos X en la práctica dental
Por: Dr. Jaime Otero Injoque
Introducción
La práctica dental contemporánea se sustenta en la eficiencia del diagnóstico integral que realiza el cirujano dentista a cada paciente. En dicho marco, la imagenología sigue evolucionando como base fundamental y el uso de radiografías intraorales forma parte rutinaria en la gran mayoría de consultorios y centros odontológicos.
Al respecto, ha sido recientemente aprobada la Norma N.° IR.001.2026 «Requisitos de Protección Radiológica en Diagnóstico Dental con Equipos de Rayos X», a través de la cual el IPEN, mediante Resolución de Presidencia N.° D000085-2026-IPEN-PRES publicada el 1 de agosto de 2026, puntualiza la normatividad aplicada al campo profesional.
En el presente aporte, se resume lo más saltante de dichos cambios normativos, buscando orientar la labor de la comunidad odontológica y el respectivo cumplimiento.
- Registro de Instalación y licencia individual
Ningún consultorio o centro odontológico puede operar equipos de rayos X sin el Registro de Instalación emitido por la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del IPEN. Además, quienes operen los equipos deben poseer la licencia individual correspondiente.
- El cirujano dentista es responsable de justificar cada examen radiográfico
La norma establece que ninguna radiografía debe realizarse sin prescripción escrita de un cirujano dentista colegiado. Cada exposición debe estar clínicamente justificada y responder a una necesidad diagnóstica.
- La protección del paciente pasa a ser una obligación formal
El establecimiento debe aplicar el principio de optimización de la dosis, utilizando únicamente la radiación necesaria para obtener una imagen diagnóstica adecuada, seleccionando correctamente los parámetros de exposición y los dispositivos de colimación.
Todos los equipos de rayos X deberán pasar pruebas de control de calidad:
– Antes de entrar en funcionamiento.
– Una vez al año.
– Después de cualquier mantenimiento correctivo.
Estas pruebas solo podrán ser realizadas por servicios autorizados por la OTAN.
- Los equipos portátiles tendrán un uso muy restringido
Los equipos intraorales portátiles de mano ya no podrán utilizarse de forma rutinaria. La norma dispone que únicamente podrán emplearse cuando no sea posible o médicamente aceptable trasladar al paciente a un establecimiento odontológico. Además, dichos equipos deben contar con aprobación FDA o CE.
- Se refuerzan las medidas de protección para el operador
Durante la exposición radiográfica, el operador debe mantenerse al menos a 2 metros del equipo intraoral, o utilizar un mandil plomado de al menos 0,25 mm de equivalencia en plomo cuando esa distancia no pueda mantenerse.
En equipos extraorales el operador deberá permanecer detrás de la barrera blindada.
- Se establecen requisitos mínimos para la infraestructura
La sala de rayos X debe contar con blindajes estructurales suficientes para garantizar que las personas ubicadas fuera del ambiente no reciban dosis superiores a 0,3 mSv por año.
Asimismo, todas las salas deberán estar señalizadas como áreas controladas.
- Obligaciones documentarias
Dependiendo del tipo de instalación, será obligatorio implementar:
– Manual de Protección Radiológica.
– Programa de Garantía de Calidad.
– Registros de pacientes, operadores, exámenes realizados, controles de calidad, mantenimiento e incidentes radiológicos, conservándolos por cinco años.
- Se incorporan medidas específicas para pacientes embarazadas
La norma exige: colocar avisos visibles alertando sobre el riesgo radiológico y aplicar medidas especiales para minimizar la dosis al embrión o feto cuando sea indispensable realizar el examen. Asimismo, es obligatorio evitar que mujeres embarazadas actúen como acompañantes durante la exposición.
- Investigar cualquier exposición accidental
Si ocurre una exposición anormal del paciente o de una persona distinta al paciente, el establecimiento deberá investigar las causas, estimar la dosis recibida, implementar acciones correctivas y conservar el informe correspondiente.
Conclusiones
Los principales cambios prácticos que introduce esta norma son:
– Mayor énfasis en la justificación clínica de cada radiografía.
– Obligatoriedad de un programa documentado de protección radiológica.
– Control anual obligatorio de los equipos.
– Restricción importante del uso de equipos portátiles.
– Mayor responsabilidad del titular del establecimiento respecto a la seguridad radiológica.
– Reforzamiento de la protección de operadores, pacientes, acompañantes y público.
– Exigencia de mantener registros e investigaciones de incidentes radiológicos.

